Inicio Exclusivas CARGA DE TRABAJO AHOGA A FISCALES

CARGA DE TRABAJO AHOGA A FISCALES

1410
0
Los MPF no se dan abasto (Foto especial)

Tiempo de lectura aprox: 2 minutos, 39 segundos

*Tropiezos y olvidos inciden en el fallo de jueces

*Graves fallas en juicios federales por MPF saturados de trabajo

Por Antonio Ortigoza Vázquez/@ortigoza2010

En los juicios del fuero federal dentro del Sistema Penal Acusatorio se detectan graves fallas en los procesos: los fiscales no acuden a las audiencias por razones que se antojan surrealistas: están citados en varias audiencias a la misma hora, o por “atender asuntos administrativos”; los fiscales suelen atender varias carpetas al mismo tiempo, lo que impide “atención adecuada”. Resultado: el inculpado sale en libertad.

A primera vista, se trata de una deficiente preparación de los fiscales para funcionar en un sistema totalmente ajeno a lo que se hizo desde que Porfirio Díaz instituyó la figura del Ministerio Público y desapareció los Jueces de Instrucción. A mayor abundamiento, a finales de los años 20 del siglo pasado se eliminaron los juicios orales “porque los oradores tenían ventaja sobre los juristas”.

 Fueron algo más de cien años de juicios resueltos en la soledad de la oficina, primero de los Agentes del Ministerio Público y después, en el juzgado. Vicios de procedimiento derivados de la prepotencia, la corrupción y la impunidad. Todo por escrito, juicios interminables, toneladas de papel y después de cuatro o cinco años, por lo menos… ¡sorpresa, el inculpado es inocente!

En sus tareas de evaluación de la actuación de los Agentes del Ministerio Público Federal, ahora denominados fiscales, la Fiscalía General de la República (antes PGR) realizó un muestreo en 72 audiencias iniciales con resolución de detención ilegal  del acusado, donde se detectó que en el 28 por ciento (20) de los casos, “se advierte que el MPF  “no demuestra tener conocimiento del caso”.

El reporte explica “los motivos principales por los cuales los MPF’s demuestran no tener conocimiento de sus carpetas de investigación, son los siguientes:

“-El fiscal titular de la carpeta no acude  por tener varias audiencias al mismo tiempo (hay casos donde  MPP’s que no integraron las carpetas o no son titulares de las mismas, cubren las audiencias por apoyo)

“-El fiscal titular no acude por atender otros asuntos administrativos.

“-El fiscal titular sí integra la carpeta, pero se encontraba integrando varias carpetas al mismo tiempo, lo que le impidió darle la atención adecuada.

“-En asuntos complejos o de gran volumen, se recomienda que el MPF titular le asistan por lo menos dos personas más.”

PARA MUESTRA, UN CASO

La evaluación de las 72 audiencias se llevó al cabo del cinco de febrero al cinco de junio de 2019.

Un caso ilustrativo es el de un juzgado de Guanajuato, realizado el 14 de febrero, a las 19:20 horas.

“Hechos: Un grupo de vigilancia de la policía ministerial del estado circulaba por la avenida Carrizal, en la comunidad de El Carrizalito, municipio de Irapuato. En cierto momento, detuvieron a José Luis “N”, quien tripulaba una motocicleta sin placas. Los agentes solicitaron los documentos, en tanto pedían a la base datos sobre el vehículo, y resultó con reporte de robo. Revisaron al sujeto y le encontraron una pistola calibre 22 fajada al cinturón, con cargador surtido con 10 balas, por la que no pudo mostrar el permiso de portación.”

“OPINIÓN TÉCNICA: Se advierte que el fiscal, en todo momento, se apoyó en la lectura del expediente, lo que denota desconocimiento del asunto, además de que reconoció un error al agregar registros de una carpeta distinta que también estaba integrando con detenido y por tal razón, no se pudieron acreditar adecuadamente los niveles de contacto que justificaron la detención del imputado, pues no se agregó el dato de la motocicleta en que viajaba el detenido con reporte de robo”.

“Criterio judicial de resolución (se respeta la sintaxis original): El Juez de Control determinó no calificar legal la detención, toda vez que no se tuvo por acreditado el primer nivel de contacto que llevó a los policías aprehensores a detener al imputado, ya que en su parte informativo señalaron que la motocicleta contaba con reporte de robo de 16 de enero de 2019, sin que se justificara con algún dato fehaciente que hiciera verosímil su dicho, lo que posiblemente se debió a error administrativo, en razón de que en la carpeta se le agregaron por error otras constancias de una carpeta diferente que se encontraba integrando también con detenido el fiscal, por lo que esa fue la conclusión a la que arribó el juez, que no encontraba ninguna arbitrariedad en la detención, notificándoles a las partes nueva fecha y hora de audiencia, pero dejando en libertad al detenido”.

De todo lo anterior se desprende que en materia de justicia, como en muchísimos otros aspectos de gobierno, los vicios y deficiencias no terminan por liquidarse, y los nuevos procedimientos que pretenden renovar, limpiar y poner al día la impartición de justicia, no pueden instalarse del todo, o al menos en parte.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here