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CONSTITUCIÓN Y JUSTICIA ELECTORAL

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En la visión más ideológica del Derecho Público europeo, previo al fin de la Segunda Guerra Mundial, se afirmaba que la Constitución era un documento político y no jurídico.

Por  Jorge Mier y de la Barreda/ @JMier72 /@MexicoSocial_

Durante largo tiempo se nos trató de convencer de que, sobre todo, contenía exclusivamente decisiones políticas resultado de consensos relevantes alcanzados por los principales actores dominantes.

En la visión contemporánea, la Constitución no sólo se considera norma política sino, principalmente, norma jurídica que traduce en clave de valores, principios, derechos y reglas la ordenación y desarrollo de esos acuerdos políticos relevantes.

La Constitución: norma de normas

La Constitución, como norma de normas, reconoce y protege un conjunto de contenidos y lo hace expresándolos de manera racional, con fuerza vinculante directa y con una pretensión de regularizar las expresiones desordenadoras del Estado, que actúan bajo criterios de conveniencia y oportunidad política

Esos contenidos encuentran en los derechos humanos y los instrumentos para su garantía el núcleo esencial del constitucionalismo.

A esa protección y garantía contribuye las atribuciones y facultades de los poderes judiciales.

Precisamente, los órganos judiciales tienen como misión central custodiar y hacer que se cumplan los contenidos constitucionales, especialmente los relacionados con los derechos fundamentales pues su pleno goce es el elemento que legitima toda la acción de Estado.

La justicia y la justicia electoral


Los órganos que imparten justicia también son fruto de una concreta idea política de solución de conflictos constitucionales de manera racional y jurídica. Por ello es que, aún dentro de un contexto político, su labor consiste en hacer cumplir las normas y no las aspiraciones de las partes.

En México, los tribunales del Poder Judicial de la Federación, entre los cuales se encuentra el Tribunal Electoral, se conforman por una judicatura profesional y especializada, formada preferentemente a través de la carrera judicial.

Asimismo, esos tribunales operan con base en normas establecidas con anterioridad y que son públicas, las cuales se conocen como principios y reglas del “debido proceso legal” porque incluyen elementos tales como demanda y contrademanda, audiencia y pruebas, alegatos y sentencia.

En particular, en el caso de los tribunales electorales, que se dedican a resolver controversias que emergen en la lucha por acceder a los cargos de representación política o por decidir temas muy importantes para el país, el apego al Derecho y no a la conveniencia o la oportunidad del caso es crucial, y así es como lo hacen.

Un campo conflictivo


Es natural que tratándose de una materia tan sensible como la búsqueda del poder, los conflictos, asuntos y resoluciones judiciales electorales no gusten a unos u a otros contendientes, y hasta a amplios sectores del público, en general.

Sin embargo, un examen sereno y exhaustivo de las sentencias que integran un expediente judicial, a las que se puede tener acceso a través del sistema de transparencia, suele confirmar que instituciones como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resuelven conforme a Derecho y en favor de los derechos.

A no dudarlo, las sentencias del TEPJF atienden a los principios básicos de constitucionalidad y legalidad,no al de popularidad social, y mucho menos el deseo o preferencia de la clase política.

La justicia electoral y la política


Lo anterior significa que la jurisdicción electoral es de contenido político, sólo que en atención a la propia naturaleza de la materia que se juzga.

El TEPJF juega un papel político, sí, pero no porque se comprometa con un proyecto, ideología o intereses de cualquiera de las partes, sino porque mantiene abiertas las válvulas de salida de los conflictos por el poder que instancias previas, políticas o administrativas no pudieron zanjar.

Ese es el valor de la justicia en los estados democráticos como el mexicano, en los cuales las cuestiones político-electorales se resuelven conforme con la Constitución.

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