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INCREMENTAR PENALIDAD PARA EL DELITO DE EXTORSIÓN: GLPRI

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Por la redacción

Las Diputadas María Luisa Pérez Perusquía, Mayka Ortega Eguiluz y Adela Pérez Espinoza y los Diputados Julio Manuel Valera Piedras y José Luis Espinosa Silva, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional del Congreso del estado de Hidalgo, presentaron ante el Pleno una  Iniciativa de reforma al Código Penal del estado de Hidalgo para frenar el incremento de las extorsiones hacia la población.

José Luis Espinosa Silva, diputado del GLPRI, expuso en tribuna que “existen diversas maneras y formas de cometer este ilícito (extorsión), pero debido al auge de la tecnología y propiamente, de la informática, los medios de comunicación electrónica, incluidos en ellos a las redes sociales, han propiciado que los miembros de la población más vulnerable de la sociedad, se hayan colocado en la calidad de víctimas, sin que muchas de las veces, por falta de la existencia de una sanción real y efectiva en la ley, se llegue a imponer alguna sanción al victimario”.

Por ello, añadió, “los delitos que implican la extorsión cometida por medio de correos electrónicos, redes sociales y vía telefónica, han ido en aumento en nuestro país, pues tan solo para el medio de comisión en último término indicado, es decir, a través de teléfono, en el periodo comprendido de los años 2010 al 2013, casi se duplicó el número de denuncias, pues de 2,764, dos mil setecientos sesenta y cuatro, se incrementaron a 4100, cuatro mil cien, esto de acuerdo a Estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública”.

“Los tipos de extorsión más comunes, son aquellos que confunden a su víctima, haciéndole creer que se trata de la venta de boletos para una rifa o de que se han hecho acreedores a un premio, de la supuesta detención o secuestro de familiares, de hacerse pasar por integrantes de grupos delictivos o bien por familiares que viven en el extranjero, en donde tienen participación personas que por los vínculos emocionales, afectivos o de parentesco con la víctima”, informó Espinosa Silva.

“El objetivo de la presente iniciativa es adicionar a la legislación penal estatal las modalidades de la realización de la extorsión citadas, así como las agravantes en la imposición de su pena, para que así la sociedad tenga un mejor acceso a la justicia penal y las sanciones del ilícito de extorsión estén más apegadas a los requerimientos de la sociedad”, precisó Espinosa Silva.

Espinosa Silva propuso “que se agrave su sanción en supuestos que lo ameritan, a fin de inhibir su comisión y también que le sea menos complejo al representante del Ministerio Público, solicitar como medida cautelar la prisión preventiva justificada al Juez de Control, pues este delito no está catalogado por el numeral 167, del Código Nacional de Procedimientos Penales, como de aquéllos que ameriten prisión preventiva oficiosa, así como tener por consumado el delito, aun cuando no se realice el perjuicio del patrimonio”, concluyó.

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