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TAREA NADA FÁCIL PARA CONCEJOS MUNICIPALES INTERINOS EN HIDALGO

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Por Juan Carbajal/@JA_CARBAJAL

Ante la suspensión de la elección de Ayuntamientos en el Estado de Hidalgo, para este 5 de septiembre se habrá de cumplir lo que contempla el artículo 126 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, con una falta absoluta del Ayuntamiento en cada municipio del estado.  Por lo que el Congreso del Estado deberá nombrar Concejos Municipales Interinos; que habrán de realizar las labores del ayuntamiento en tanto se realice la elección de las autoridades conforme a la ley.

Ante este panorama existen pocos lineamientos respecto al desempeño de los Concejos Municipales Interinos, sin embargo, tal vaguedad legislativa también genera un amplio esquema de actuación, toda vez que señala la ley que contarán con todas las facultades y obligaciones de un Ayuntamiento Municipal.

Al respecto la Ley Orgánica Municipal señala como estarán integrados dichos concejos, para lo cual se elegirá a Un Presidente, Un vocal ejecutivo, que asumirá las funciones del Síndico en Municipios que tengan una población menor a 100,000 habitantes y dos Vocales Ejecutivos, uno que asumirá las funciones del Síndico hacendario y el otro las del Síndico jurídico, en Municipios que tengan una población mayor a 100,000 habitantes, Cinco vocales quienes asumirán las funciones de los regidores, sin importar el número de habitantes del Municipio, independientemente de los vocales ejecutivos, lo que da un total de 7 integrantes de los concejos en municipios con población menor a 100 mil habitantes y un total de 8 integrantes cuando los municipios tengan una población de más de 100 mil habitantes.

Sean siete u ocho, los integrantes de los concejos municipales interinos no enfrentaran una tarea fácil, mucho menos se debe considerar que se trata de un premio, una recompensa o un recurso ganado fácilmente; si bien cada uno de los integrantes recibirán una compensación económica por el trabajo prestado, también deberán desempeñar las funciones de administración del municipio, con las obligaciones y responsabilidades de los servidores públicos.

Si consideramos que todo inicio de administración es tediosa y administrativamente complejo, es cierto también que el marco jurídico contempla el cumplimiento de varios términos que habrán de presionar aún más el desempeño de los concejales con un referente que se encuentran en un cierre de año fiscal por lo cual los recursos se encuentran comprometidos en el mejor de los casos y las arcas municipales están prácticamente vacías.

Uno de los principales trabajos que habrán de enfrentar los gobiernos entrantes es la “entrega – recepción”, estipulada en la Ley Orgánica Municipal en su artículo 39, señalado como un “acto obligatorio que no deberá dejar de realizarse por ningún motivo y se hará inmediatamente después de la instalación del nuevo Ayuntamiento”.

Lo interesante es que el consejo municipal cuenta con 30 días para realizar el análisis pertinente respecto de lo recibido y en caso de encontrar irregularidades denunciarlas ante la Auditoría Superior del Estado para su aclaración y en su caso prever las denuncias correspondientes.

Para estas tareas, los concejos entrantes deberán cumplir con tareas administrativas nada fáciles que son marcadas por tiempos y responsabilidades en diversas leyes, como constituir una estructura orgánica que permita la continuidad en el gobierno local y la administración de los recursos, humanos, materiales y financieros.

De igual forma, deberán contemplar la generación de una imagen propia, que delimite las actuaciones administrativas, papel, sellos y materiales para identificar la validez de sus actos.  

Nada sencillo también será la integración de la ley de ingresos y presupuestos de egresos para el año 2021, mismos que deberán quedar integrados a más tardar el 15 de noviembre, para su revisión y aprobación en el Congreso del Estado.

De igual forma la ley contempla que en menos de 60 días, el gobierno entrante deberá integrar el Plan de Desarrollo Municipal y la integración de presupuestos y programas operativos anuales.

Además de todo, los concejos municipales deberán contemplar el cierre del año fiscal, procurar la conclusión de obras públicas en proceso, pagos a proveedores y seguramente las liquidaciones de personal, pago proporcional de aguinaldos a los empleados de la administración saliente y la aplicación de estímulos y compensaciones en pagos de impuestos.

Si bien muchos de estos documentos se pueden revisar y actualizar a posteriori, forman parte fundamental de la gobernanza local, debiendo atender diversos principios y acciones que permitan a los próximos ayuntamientos trabar de la mejor manera.

Sumado a todas estas tareas admirativas, que forman la base de los gobiernos municipales, una vez que se tome protesta a los concejos municipales, el estado de Hidalgo habrá de entrar en una fase de elecciones, que siempre representa un foco de atención por la efervescencia ciudadana, que ahora cobra una especial atención considerando la innovación y acciones que habrán de presentar los candidatos en las propuestas de campaña electoral.

En este tema, los consejos municipales habrán de ser cautelosos en la aplicación de acciones y trabajos, a fin de no incurrir en delitos electorales, o de vigilancia ante los funcionarios públicos para el cumplimiento de aspectos legales contemplados dentro de la veda electoral.

Estas solo son algunas de las tareas que de manera inmediata deberán integrar los concejos municipales interinos, sin olvidar todas las obligaciones que como ayuntamiento deben atender a la población, así como los temas de concurrencia con el estado y la federación, contemplado que precisamente seguimos en una lenta atención de la pandemia por el covid-19, que prevé para el último trimestre del 2020, como una afectación económica y de salud críticas para todo el país.

Muchos son los temas que se tienen que abordar, y son los diputados locales los que habrán de generar las condiciones favorables para una elección de concejales que no solo cumplan con los preceptos aquí señalados, sino con la condición y aprobación política y social que permita generar la confianza y estabilidad en cada uno de los 84 municipios del estado de Hidalgo.

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