Inicio País Gritos de alerta; ya no podremos publicar verdades incomodas

Gritos de alerta; ya no podremos publicar verdades incomodas

1207
0

Tiempo de lectura aprox: 4 minutos, 5 segundos

*Ley mordaza que ni Venezuela tiene, en manos de la Corte

*¿Ya no podremos decir AMLO, Trump o Putin son un peligro?

De la redacción

CD de México, octubre 25/2016 (agencia acento) Una ley mordaza que no tiene ni la dictadura venezolana –envuelta en la “revolución bolivariana”- amenaza a la prensa nacional aquí y alentada por Morena y PRD.

¿Se empuja a un México de periodismo light, sobre todo ante la etapa electoral más crucial que se viene en 2017 y 2018?

La suerte de una modificación a las normas actuales sobre el derecho de réplica está en manos de la Suprema Corte. Será votada el 7 de noviembre.

El máximo tribunal del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió un recurso legal contra la ley reglamentaria en materia de derecho de réplica que enfila en ese sentido.

La Jornada publicó recientemente que el ministro Alberto Gelasio Pérez Dayán, admitió las acciones de inconstitucionalidad presentadas por el Partido de la Revolución Democrática PRD; el Movimiento de Regeneración Nacional y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

La resolución propone eliminar los conceptos de información falsa publicada en medios de comunicación

Esto conduce a una inhibición en medios, salvo que vaya a reglamentarse mejor el derecho de réplica.

El próximo 7 de noviembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene previsto votar ese proyecto de resolución para eliminar  el caso hipotético de “información falsa o inexacta”, como requisitos para ejercer el derecho de réplica.

Bastará que alguien aludido –un funcionario, un líder sindical, artista, deportista, clérigo o cualquier persona- se asuma ofendido o difamado por “información falsa” para que se pueda obligar a publicar su versión, contra lo publicado.

Se podrá obligar moralmente, pero incluso judicialmente a un medio a publicar la réplica ante una versión incluso cierta, si se retira en la corte la condición que hoy determina la ley.

Nadie podrá poner en duda promesas de campaña de un aspirante, por más mala fama que tenga de mentir, de manipular y manejarse con medias verdades.

Bastará con invocar que se le ofendió, se le incomodó sugiriendo que no va a cumplir, para que el medio que eso publicó, poniendo en su da su palabra, para que se publique en el mismo espacio y extensión, lo que se divulgó de él.

Olvida la sentencia popular de que “la verdad no opaca pero incomoda”. Incomodar a un delincuente y quizá a su abogado; a su familia, publicando la verdad ya no dejará libre al periodista que descubre pillerías tan comunes.

¿Ya no podremos decir  AMLO y Trump son un peligro?
Así, ya nadie podrá opinar que AMLO y Trump, son un peligro para su país; que un juez ha amasado una sospechosa fortuna y que un gobernador tiene más mansiones en Texas que en su tierra.

Ya no se podrá decir que alguien es innombrable, da su huella de perversidades en su vida.

El camino más corto para acallar la crítica es obligar  publicar una respuesta similar en espacio y extensión, sea verdad o no lo que afirma el periodistas.
¿En qué cabeza cabe la idea de suprimir el requisito que se establece hoy de que solo cuando se trata de una información mentirosa se le dé el derecho de réplica a quien así se ofende y difama?

Pero si basta que incomode la verdad para obligar a publica la réplica, entonces habrá que publicar solo mentiras a medias o medias verdades y preferentemente sin destinatario.
Ya no podremos desenmascarar a los diputados como una clase voraz que se autorizan sueldos de príncipes con trabajo de “aviadores”.
Ya no se podrá exhibir a los luchadores sociales que protestan contra la reforma educativa y marchan en su  contra, mientras mandan a sus hijos a escuelas particulares.

Ya nadie podrá exhibir a jueces, agentes del MP o ministros de la corte que se asignan salarios de seis veces arriba de la del Presidente, aunque custodios de la ley; esta prohíbe que nadie gane más que el Jefe del Ejecutivo.

Ninguna verdad, como la que exhiba a alcaldes convertidos en caciques podrá publicarse sin incomodar a panistas, priistas, perredistas, morenos o petistas, que han convertido en un negocio millonario trianual esa función.

Hay que recordarles que en sus inicios, esa labor era sin salario.

¿Cómo publicar solo verdades que no incomoden a los alcaldes aliados al narco, como la pareja de Iguala que llevaron a la desaparición a 43 normalistas?

Ya no se podrá criticar a los futbolistas, artistas, toreros, boxeadores o empresarios, intelectuales, o a instituciones que fallan en su quehacer.

Seguro que –con la lección de Venezuela, Cuba o la era del Muro de Berlín- la ley mordaza así, en México no pasara.

Claro, a menos que cualquier persona que se sienta agraviada por información publicada en medios de comunicación, sin importar que sea verídica, podrá pedir que se le dé derecho de réplica y de no concederlo de primera instancia, podrá acudir ante un tribunal civil a requerir a un juez que obligue a los medios a darle este derecho.

Como publica El Universal, el catedrático del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana, Uriel Pineda Quinteros, dijo que el problema es que aún no se limitan aspectos como la especificación de quiénes pueden ejercer este derecho.

“El problema de fondo es que siguen sin limitarse algunos aspectos como quién puede ser la persona agraviada, es decir, la práctica ha arrojado que muchos funcionarios ejercen su derecho de réplica y eso sí es nocivo para el tema de la libertad de expresión”, dijo en entrevista, en donde reconoció que los medios pueden quedar más vulnerables.

Expuso que “el funcionario tiene tres elementos que lo hacen distinto de un ciudadano convencional: primero, que al asumir el cargo lo hace de manera voluntaria. Segundo, ese cargo está sujeto al escrutinio público, y tercero, los cuestionamientos que surgen respecto de un funcionario normalmente están asociados a su labor cotidiana”.

Comprobar agravios, sí

Pineda Quinteros, expone el diario, recordó que más allá de lo que se publique se debe, con la actual ley, comprobar el agravio que causa la publicación, lo que por sí mismo implica una forma de garantizar que el ejercicio del derecho de réplica no implique una amenaza a la libertad de expresión.

El proyecto propone que en tiempos electorales las autoridades facultadas para conocer de los juicios sobre derecho de réplica son el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Raúl Trejo, del Instituto de Investigaciones Sociológicas de la UNAM, destacó que el derecho de réplica depende en primera instancia de que el medio de comunicación acepte la réplica del ciudadano que se sienta agraviado.

El especialista en Derecho Constitucional, Iván García Gárate, observó que de origen la ley sobre el derecho de réplica tiene muchas deficiencias de fondo y, sobre todo, procesales.

En fin, el próximo 7 de noviembre la Corte tiene previsto votar un proyecto de resolución que propone eliminar los conceptos de información falsa o inexacta de los requisitos para ejercer el derecho de réplica.

Habrá que ver que tan justa es esa decisión que, por ahora, pone en vilo a la prensa –término genérico para todos los medios de comunicación social- que entonces vería otra norma que se decreta pero no se cumpla, como tantas.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here