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EL DERECHO A DECIDIR, ¿ADIÓS A LA PENALIZACIÓN?

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Por Mario Luis Fuentes en Twitter  @MarioLFuentes1

La determinación emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declarando inconstitucional los artículos del Código Penal del estado de Coahuila, por los que se penalizaba la interrupción voluntaria del embarazo, constituye un hito en la historia del reconocimiento y garantía de los derechos de las mujeres, pues la sentencia que fue votada por unanimidad por el pleno de la Corte establece la responsabilidad de todas y todos los jueces del país, en el fuero local y federal, a reconocer como inconstitucional las normas penales que penalicen a la interrupción del embarazo de manera absoluta.

Los datos

De acuerdo con los datos sobre incidencia delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), entre los años 2016 y el mes de julio de 2021, en todo el país han sido sujetas a procesos penales, un total de 3,383 mujeres por el delito de aborto.

En el año 2016, el total fueron 538 casos, es decir, 1.47 casos por día. En el 2017, se contabilizaron 516, es decir, 1.41 casos diarios; en el 2018 el número se elevó a 575 carpetas de investigación, lo que equivale a 1.57 casos de manera cotidiana; en el año 2019, se llegó a una cifra récord, con 689 mujeres procedas por interrumpir el embarazo, esto es, 1.88 casos diarios; en el 2020 hubo un ligero descenso a 633 casos, lo que equivale a 1.73 mujeres por día; mientras que, entre enero y julio de 2021, se contabilizan 432 casos, es decir, 2.05 al día.

Estos datos muestran por sí mismos la importancia de la medida que tomó la corte, pues había un crecimiento muy importante en el número anual de casos que se procesaban por este “delito”; en efecto, si se compara el último año para el que hay datos completos (2020), respecto de cinco años atrás (2016), el incremento en el número de mujeres procesadas por el delito señalado es de 17.65%.

Fuente: elaboración propia con base en las estadísticas de incidencia delictiva del SESNSP

Los estados más punitivos

Es importante destacara que, aún cuando se ha declarado como inconstitucional la interrupción voluntaria del embarazo, permanecen supuestos que en el futuro llevarán a que el delito siga persiguiéndose, por ejemplo, en el aborto no voluntario, o aquellos casos donde, como en la Ciudad de México, el aborto se practica después de las 12ª semana de gestación.

Considerando lo anterior, es importante señalar que, en 2019, 2020 y en el periodo de enero a julio de este 2021, los estados que acumulan mayor número de casos de delitos consignados en carpetas de investigación, son: Estado de México, con 393 casos; la Ciudad de México, con 263; Nuevo León, con 251; Baja California, 114; Tamaulipas, 107; Guanajuato, 73; Querétaro, 72; Hidalgo, 53; Veracruz, 46 y Michoacán, 39.

Fuente: elaboración propia con base en las estadísticas de incidencia delictiva del SESNSP

Los retos

México es un país que cuenta con normas muy importantes para la garantía de los derechos sexuales y reproductivos, especialmente de las personas jóvenes y de las mujeres en general. Sin embargo, aún no se ha logrado que éstas se apliquen en toda su amplitud y con base en una auténticamente comprehensiva perspectiva de género. Algunas de las más relevante son: la NOM-046-SSA2-2005. Relativa a la “Violencia familiar, sexual y contra las mujeres”; la NOM-047-SSA2-2015, relativa a los derechos sexuales y reproductivos de la población de 10 a 19 años; y otras más relativas a los derechos a la salud y la información, la prevención de las ITS y los métodos de prevención del embarazo.

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