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ESTÁ EN LA CONSTITUCIÓN EL DERECHO A LA PRIVACIDAD

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Ilustración especial de ELCato.org

Tiempo de lectura aprox: 58 segundos

Por Rodolfo Sosa Cordero

Rodolfo Sosa Cordero

En la Constitución a la letra se escribe:

Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.

En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.

Por consiguiente:

¿Cómo es posible qué la autoridad pueda meterse a inspeccionar las cuentas bancarias, o financieras de cualquier índole? Esto es totalmente equivalente a una intromisión, a una orden de cateo, sin que esté fundamentada en nada, más que la sospecha de que todos somos delincuentes fiscales. Y aún con la sospecha, se requiere que la autoridad judicial expida la solicitud de inspección.

Tenemos derecho a la protección de nuestros datos personales, y en lo que usamos nuestro dinero, son datos personalísimos.

Esto ya es una auténtica tiranía. Al más puro estilo estalinista.

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