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SUPREMA CORTE VALIDA REFORMA ELECTORAL DEL GOBERNADOR JULIO MENCHACA SALAZAR

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*  Elaborada con un cuidado técnico-jurídico, las reformas fueron factor decisivo para que los ministros del máximo tribunal aprobaran su pertinencia, mostrando la experiencia legislativa y jurídica del mandatario de Hidalgo, toda vez que garantizan elecciones más transparentes, con certeza legal y democrática

Por Antonio Ortigoza Vázquez / @ortigoza2010

Especial de Expediente Ultra

Cuando surgieron críticas a las primeras reformas de fondo al sistema electoral mexicano, por el enorme gasto que implicaban, las autoridades respondieron, quizá con mucha razón: «Es el costo de la desconfianza ciudadana».

Sin embargo, si bien esas reformas funcionaron en muchos sentidos, dejaron huecos -quizá sutiles- que permitieron estallidos de descontento y violencia político electoral muy lamentables.

Planteado esto, conviene valorar la trascendencia de la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, misma que validó en sus términos, diversas reformas político electorales promovidas por el gobernador Julio Menchaca Salazar, las que, además de representar ahorros por 42 millones de pesos, previenen de forma por demás oportuna, la posibilidad de un empate en futuros comicios;  la forma de procesar esa eventualidad; una Ley de Revocación de Mandato, acorde con lo estatuido a nivel federal  y la reconfiguración del IEEH, al quedar los comicios municipales en manos de los Consejos Distritales, con su especialización, con lo que se previenen episodios de violencia, como los sucedidos en procesos recientes.

El cuidado técnico-jurídico con que se elaboraron las reformas mencionadas fueron factor decisivo para que los ministros de la Suprema Corte validaran su pertinencia y, dicho sea de paso, echó por tierra las especulaciones surgidas en cuanto a que «provocarían un debilitamiento institucional» en el sistema electoral de Hidalgo.

El manejo de las citadas reformas fue, en cambio, muestra palpable de la experiencia legislativa y jurídica del gobernador Julio Menchaca, toda vez que garantizan elecciones más transparentes, con certeza legal y democrática.

Se validó, así mismo, la modificación de actos de autoridad, que se homologan con la normativa federal y la Ley de Revocación de Mandato; las alcaldías y diputaciones locales serán por tres años con opción a reelección.

De esta forma se subsanan huecos y omisiones en la legislación electoral que dieron pie, por muchos decenios, a nocivos conflictos político-electorales, en perjuicio de la población en general.

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